El subsidio se paga, en interés del niño, en partes iguales a quienes ejercen la responsabilidad parental (artículo 2 c. 2 del Decreto Legislativo italiano), excepto en lo siguiente: en caso de custodia exclusiva, el subsidio se debe, a falta de acuerdo, al padre adoptivo; en caso de separación o divorcio, el juez puede ordenar que el subsidio se pague solo a uno de los padres (mensaje del INPS núm. 1714 de 20 de abril de 2022, apartado 3).
El padre que presente la solicitud debe ser: a) ciudadano italiano o ciudadano de un estado miembro de la UE; b) ciudadano de un país no perteneciente a la UE en posesión de un permiso de residencia de la UE para residentes de larga duración, - titular de un permiso de trabajo único autorizado para llevar a cabo una actividad laboral durante un período superior a seis meses, - titular de un permiso de residencia con fines de investigación autorizado para permanecer en Italia durante un período superior a seis meses.